Con esta propuesta se busca garantizar el amparo a la vejez, especialmente de la población más pobre.
El articulado del Gobierno se basa en la construcción de un sistema de cuatro grandes pilares:
- Pilar solidario: integrado por los colombianos en condición de pobreza extrema y busca amparar la subsistencia mínima. Será administrado por el Departamento de Prosperidad Social o quien disponga el Gobierno.
- Pilar semicontributivo: que otorgará una renta a las personas que no se pudieron pensionar, pero que cotizaron, por lo que podrán recibir un beneficio económico.
- Pilar contributivo: estarán los trabajadores dependientes o independientes con capacidad de pago de sus cotizaciones que les permita acceder a una pensión integral de vejez, invalidez o sobreviviente.
- Pilar de ahorro voluntario: en el que estarán todas las personas que tengan capacidad de ahorrar para mejorar su pensión. Lo podrán hacer a través de los mecanismos que existan en el sistema financiero, según el régimen que establezca la ley.
Es importante indicar que en el borrador se mantienen las semanas de cotización y las edades para obtener la pensión.
Un beneficio que se incluye en el texto tiene que ver con la reducción en cantidad de semanas mínimas para mujeres: por cada hijo se reducirán 50 semanas, sin que se superen las 150 semanas. Es decir, se tendrán en cuenta solo 3 hijos en caso de que la mujer tenga más hijos. Esto con el fin de compensar el trabajo de cuidado para las mujeres que están en el pilar contributivo.
Y atención, el régimen de transición aplicaría para los afiliados al sistema de pensiones que tengan 1.000 semanas cotizadas. A ellos se les respetaría las condiciones del régimen anterior (Ley 100 de 1993).
Conozca el proyecto aquí
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